jueves, 14 de febrero de 2013

Comercio Ambulante


Comercio Ambulante




Comercio ambulante es una actividad comercial no establecida en un lugar concreto; es ejercida por una persona o por un número reducido de personas  que intercambian productos por dinero en efectivo del consumidor.






Modalidades del comercio ambulante:

Según la Ley del Comercio Ambulante existen tres modalidades para esta actividad:

1.    Mercadillos: Los podemos definir como una agrupación de puestos, o pequeñas tiendas y se realizan de forma periódica o regularmente (ya sea semanal, quincenal o mensualmente), estas se ejecutan en un lugar público que establece el Ayuntamiento, en espacios públicos de su municipio.

2.    El comercio callejero: Este se desarrollan en vías públicas, la diferencia es que en estos no exista una agrupación de puestos y no  tienen un  periodo establecido.

3.    El comercio itinerante: Este se efectúa mediante vehículos en las vías públicas a lo largo de los itinerarios permitidos por los Ayuntamientos.

No son considerados comercio ambulante con respecto a la competencia de los ayuntamientos aquellos mercados organizados con motivo de fiestas, ferias o acontecimientos populares, también el comercio tradicional de que consiste en la venta de objetos usados, las actividades ambulantes industriales y de servicios no comerciales, los mercados tradicionales de flores, plantas y animales, los mercados de artesanía.

Cómo dedicarse al comercio ambulante:

Las personas deben solicitar una autorización municipal que corresponda a cada una de las modalidades donde vaya a realizar la actividad, estas autorizaciones tienen un periodo de duración de 15 años que se podrán prorrogar.

 El Registro General de Comerciantes Ambulantes de Andalucía es un Registro voluntario, en el cual pueden inscribirse los comerciantes ambulantes que lo deseen para su reconocimiento administrativo como profesionales del sector. Las personas inscritas, obtendrán una certificación acreditativa de esa inscripción, y podrán optar a una serie de beneficios como distintivos de calidad o incentivos.

Bibliografía:

http://www.juntadeandalucia.es

Realizado por:

Jennifer Andrea Aguirre
Yamile Saldarriaga Garcia

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